Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 28 marzo 2024.

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    CCOO gana una sentencia pionera contra la Secretaría de Estado de Educación por discriminar al personal docente e investigador temporal

    • El sindicato exige la modificación de la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora
    • 5.000 docentes interinos/as y contratados/as doctores podrían verse afectados
    • La Federación de Enseñanza anima a poner reclamaciones ante el Mº de Educación para exigir que se repita la evaluación y solicitar una indemnización

    La Federación de Enseñanza de CCOO denunció que la resolución por la que se fijaba el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora dejaba fuera al funcionariado interino. La sentencia podría afectar a unos 5.000 docentes interinos y contratados doctores que, de ser evaluados de forma positiva, podrían acceder a un complemento económico que en función de los casos podría ascender a 500 euros.

    09/01/2018.

    La sentencia de 26 de diciembre de 2017, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 8, entiende que la resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades de 2016 limitaba la solicitud de la actividad investigadora al funcionariado de carrera, impidiendo y negando el derecho a dicha evaluación al personal funcionario interino de los cuerpos docentes universitarios, funcionario interino investigador científico y científico titular del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y al personal docente e investigador con contrato temporal.

    El juzgador llega a la conclusión de que “dado que la Resolución objeto de este contencioso establece que únicamente pueden presentar la solicitud de la actividad investigadora los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, aun cuando es lo cierto que no prohíbe ni excluye expresamente a los funcionarios interinos, (…) tácitamente impediría a éstos solicitar dicha evaluación al amparo de la Resolución impugnada”.

    De este modo, considera que en base a la normativa comunitaria y jurisprudencia, aunque ésta fuera en el ámbito laboral, se aprecia discriminación en relación al personal docente temporal.

    La Federación de Enseñanza de CCOO ha pedido una reunión urgente al Ministerio de Educación para exigirle que modifique la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora publicada en el BOE del 16 de diciembre de 2017, que es idéntica a la que de 2016 a la que se refiere la sentencia, de manera que se garantice al personal docente e investigador temporal el derecho a ser evaluado por su actividad investigadora, tal y como reconoce la sentencia, y se amplíe el plazo de presentación de solicitudes. El sindicato también se dirigirá a la Presidencia de la CRUE para que las universidades habiliten los procedimientos oportunos.